Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 270010
  • Autor : RUBIO ABOGADOS
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 66
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 382215

  • RUBIO ABOGADOS
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lamento la situacion por la que ustedd esta pasando, pero afortunadamente su problema tiene solucion.

    Primeramente y por ningun motivo vaya a desalojar a estas personas del domicilio ya que usted estaria incurriendo en el delito de despojo, ahora bien lo que debe hacer es iniciar los medios preparatorios a juicio ordinario civil donde sera llamado a juicio su inquilino a efectos de que diga en calidad de que obstenta la posecion del bien inmueble materia de la controversia, una vez que se agote ese procedimiento debera usted iniciar un juicio de arrendamiento por falta de pago solicitando dentro de las prestaciones la desocupacion inmediata de su inquilino y la entrega del bien.

    Es un procedimiento algo tardado, pero que al final usted recuperara la posecion de su bien inmueble.

    Espero que le haya servido mi respuesta...........saludos.