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  • Consulta : 269550
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, difiero de lo opinado por el Licenciado José Luis Carbajal.

    Si sus hojas continúan estudiando, aunque sean mayores de edad, usted tiene la obligación de seguir proporcionándoles alimentos, ya que éstos cesan hasta que sus hijas adquieran un oficio o profesión acorde a sus circunstancias personales, y evidentemente, aún no lo tienen.

    Desde luego que puede intentar el incidente de cancelación de pensión alimenticia, pero seguramente el Juez lo declarará infundado e improcedente por esa causa, lo que le generará que, además de la pensión, deba pagar los honorarios de su abogado y, por su temeridad y mala fe, los gastos y costas del juicio, incluidos los honorarios del abogado de sus hijas.