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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Junio de 2015 19:51 2015-06-20 19:51 desde IP: 201.157.48.75
Hola consultante, en esta página //edomex.gob/portal/page/portal/legistel/leyes/codigos-vigentes viene el código penal vigente en el Estado de México, el cual dice literalmente: Artículo 248.- Al que provoque la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo intrauterino, se le impondrá: I. De tres a ocho años de prisión y de cincuenta a cuatrocientos días multa, si se obra sin consentimiento de la mujer embarazada..... Por lo tanto, si tu hermano obliga a su esposa al aborto incurre en un delito, y si tu le ayudas también tendrías responsabilidad penal por ser partícipe del delito.
Espero esta información te sea de utlidad.
consentimiento de la mujer embarazada;embarazo intrauterino, se le impondrá: -
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