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  • Consulta : 269247
  • Autor : LAMC_QRO
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  • Autor
    Respuesta No: 381822

  • LAMC_QRO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las respustas a su consulta serian:

    1.- Si. El podria demandar la paternidad del hijo, lo que tambien conllevaria el reconocimiento del mismo por parte de el. Independientemente a esta situacion usted puede demandar, de igual manera, el reconocimiento de paternidad y la pension alimenticia que le corresponda.

    2.- Solamente su acta de nacimiento, un comprobante de domicilio, una identificacion que puede ser escolar y la constancia de alumbramiento del bebe.

    3.- No. A menos que le compruebe algo demasiado grave, le puede pelear la perdida de la patria potestad y la guarda y custodia.

    4.- No.

     

    Saludos.