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AutorRespuesta No: 381353
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Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Junio de 2015 12:38 2015-06-10 12:38 desde IP: 187.176.101.171
El D.I.F. carece de facultades para disolver su matrimonio, ya que solamente un Juez puede decretar el divorcio, sea incausado o por mutuo consentimiento.
Por ende, necesita asistirse de un abogado especialista en Derecho Familiar que, puestos de acuerdo usted y su cónyuge, le permita elaborar el convenio respectivo y presentar la solicitud ante el Juez de lo Familiar que corresponda.
El proceso, dependiendo de las cargas de trabajo del Juzgado al que se turne, podría tardar de uno a dos meses.
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