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  • Consulta : 267819
  • Autor : PEGSA
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  • Autor
    Respuesta No: 381142

  • PEGSA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que más que un problema de prescripción por la obligación de pago a cargo de su deudor se trata de que el mismo reconozca el adeudo o que usted pueda probar que efectivamente le entregó esa suma de dinero.

    En fin, la prescripción negativa opera a los 5 años de acuerdo al Codigo Civil de Coahuila.

    ARTÍCULO 2513. Fuera de los casos expresamente exceptuados por la ley, se necesita el lapso de cinco años, contados desde que una obligación pudo exigirse o un derecho ejercitarse, para que se extinga la facultad de pedir el cumplimiento de la obligación, o para perder el derecho, cuando aquélla no se exigió y éste no se hizo valer

    Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría.

    “PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”