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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Junio de 2015 02:01 2015-06-05 02:01 desde IP: 187.232.6.45
La firma del finiquito no es obligatoria para ninguna de las partes. Si el trabajador no está de acuerdo, no tiene que firmar.(Artículos: 53, 76, 79, 80, 87 y 162 Ley Federal del Trabajo).
Si no tiene la solvencia económica para contratar los servicios de un abogado especialista en materia laboral consulte la sig página:
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo organismo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a su vez organismo del gobierno federal le poyará de manera gratuita.
Le recomiendo no dude en demandar a su patrón lo antes posible debido a que existen términos y plazos que fija la ley para ejercitar acción.
//profedet.gob/profedet/derechos.html
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