Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 267811
  • Autor : Capula
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 3
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 381145

  • Capula
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La firma del finiquito no es obligatoria para ninguna de las partes. Si el trabajador no está de acuerdo, no tiene que firmar.(Artículos: 53, 76, 79, 80, 87 y 162 Ley Federal del Trabajo).

    Si no tiene la solvencia económica para contratar los servicios de un abogado especialista en materia laboral consulte la sig página:

    La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo organismo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social  a su vez organismo del gobierno federal le poyará de manera gratuita.

    Le recomiendo no dude en demandar a su patrón lo antes posible debido a que existen términos y plazos que fija la ley para ejercitar acción.

     

    //profedet.gob/profedet/derechos.html