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  • Consulta : 267784
  • Autor : AsesorJuridico81
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  • AsesorJuridico81
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Saludos cordiales C. Patty.

    Usted puede dar en arrendamiento sus bienes siempre que no exista impedimento legal o por la naturaleza del bien este no sea posible. Si usted desea recibir una asesoría más detallada sobre su asunto, contacteme y con gusto le brindaré la atención que su situación requiere.

     

    Lic. Víctor Zenteno

    Tel. 26164127 

    Correo.  juridico.zenteno.negrete()outlook