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Fecha de respuesta: Martes 02 de Junio de 2015 11:33 2015-06-02 11:33 desde IP: 187.176.101.171
En el caso particular del Estado de Tamaulipas, la causal de divorcio necesario derivada de la separación injustificada de la morada conyugal, se configura después de 6 meses.
Pero además, deben de cumplirse una serie de presupuestos legales, como son, por ejemplo, el hecho que los cónyuges hayan constituido morada conyugal, y no que hayan vivido de arrimados en casa de los padres de uno de ellos o de terceros; y que el cónyuge abandonado, siga viviendo en la morada conyugal, al menos, los 6 meses transcurridos desde la separación.
Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, quien una vez que cuente con toda la información que se requiere, determine si se configura o no esa causal de divorcio; o bien, en el caso que aun no se configure, tenga conocimiento de los nuevos criterios sustentados por la Suprema Corte, y sepa cómo hacerlos valer en el caso particular del Estado de Tamaulipas.
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