Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 267246
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6890
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 380803

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Con el debido respeto, haga cso omiso dela cifra que menciona el forista Alfredo Hernández, la cual es inexacta, además de que no menciona cuáles son las prestaciones y su importe, que le permitieron alcanzar esa cantidad.

    Si usted renuncia, solamente tiene derecho al pago de las vacaciones, prima vacacional por los 7 meses trabajados y aguinaldo 2015 proporcionales.

    Es decir, por concepto de vacaciones son 5.83 días de salario $ 972.18;

    Prima vacacional, el 25% de la cantidad anterior: $ 234.04;

    Aguinaldo 6.25 días $ 1,041.52

    Total $ 2,247.74

    A la cantidad anterior, solamente deberá sumar los sueldos y prestaciones devengados a la fecha dela renuncia.