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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Mayo de 2015 20:23 2015-05-29 20:23 desde IP: 189.242.231.161
No, la Constitución protege su derecho y NADIE la puede sacar de su casa (aunque usted no sea la dueña ni la inquilina) si no es mediante una orden de un Juez, siempre y cuando se haya agotado un juicio en todas sus etapas. Su esposo estaría cometiendo el delito de despojo, además de la violencia, los maltratos y amenazas.
La pensión mínima que se dictamina es del 15% para cada deudor alimentario, o sea mínimo $ 2,700 mensuales para su hijo y lo mismo para usted, si usted no tiene ingresos.
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