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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Mayo de 2015 16:29 2015-05-29 16:29 desde IP: 187.194.73.189
si es valido el articulo 322 de codigo civil dice la nulidad del matrimonio deja en libertad de contraer otro.el protocolo es de un año pero al estado de necesidad puedes contraer ya que es para salvaguardar los derechos del niño a tener una edentidad y que actuen el beneficio del mismo.
pero si es valido consulta con tu abogado.
atte el lic.fels
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