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AutorRespuesta No: 380414
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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Mayo de 2015 20:02 2015-05-25 20:02 desde IP: 187.176.101.171
Usted no tiene ninguna obligaciónm ni para con su hija o sus nietos, y menos para el esposo de ella, ya que ambos deben cumplir su obligación de contar con una morada conyugal, contribuir con el sostenimiento de ésta y los alimentos de sus hijos.
Por otra parte, es totalmente falso que si usted los corre pueden demandarla, pues quien tiene obligación de dar alimentos a sus hijos, son ellos, no usted.
Acuda INMEDIATAMENTE ante el agente del Ministerio Público especializado en violencia intrafamiliar y presente la querella en contra de su yerno y su hija; ya verá que en cuanto lo manden citar para que rinda su declaración preparatoria, ellos solitos se van a salir de su domicilio.
Si no lo hace, entonces no tendrá razón de quejarse, pues sabiendo cómo hacer que se hagan responsables de ellos mismos y sus hijos, no actúa en consecuencia.
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