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  • Consulta : 266764
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 380416

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    De conformidad con el artículo 131, del Código Familiar del Estado de Zacatrecas, lugar que usted señala comoel de su referencia, necesitan autorización judicial para contratar entre ustedes.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, a fin de que promueva la autorización correspondiente.