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AutorRespuesta No: 380316
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Mayo de 2015 23:33 2015-05-23 23:33 desde IP: 201.138.123.34
Saludos, su consulta es muy interesante.
La constitucion le otorga cierto nivel de autonomia a las comunidades indigenas, quienes en vez de la Ley, se pueden basar en costumbres por lo que supongo proviene el nombre de Juicio Comunal que usted menciona.
La verdad es que no puedo darle una respuesta a su consulta por lo mismo, sin embargo si usted no radica en esa comunidad indigena y ya perdio por juicio local el predio, estan en una desventaja demasiado grande, asesorese con un especialista en la materia.
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