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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Mayo de 2015 22:45 2015-05-21 22:45 desde IP: 201.141.205.194
Buenas noches.
En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que la acción pro forma sirve para dar al acto jurídico (contrato de compraventa) la formalidad que necesita, es decir, que se eleve a escritura pública.
Suponemos que si el Infonavit pagó el crédito a la inmobiliaria, es porque el inmueble se formalizó ante escritura pública y en ese mismo documento se hace constar el crédito, por tanto, no es acción pro forma.
Lo que debe demandar es el cumplimiento del contrato y en especial la cláusula en que se diga que se le hará entregada física del inmueble. También para una mejor asesoría necesitamos saber la razón por la cual la inmobiliaria no le ha dado posesión del bien inmueble o porque usted simplemente no ha ocupado el lugar.
Si llegase a tener algún problema (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría.
“PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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