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  • Consulta : 266187
  • Autor : Lic.Marco Cuevas
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    Respuesta No: 380030

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Me parece que le tendrán que descontar el porcentaje que el juez haya fijado también a la jubilación.

    Sin embargo espero que tengan claro que a partir de ese momento, se terminará la obligación del deudor alimentario, ya que ya no se encontrará percibiendo un salario y ya le habrán descontado lo correspondiente de su jubilación que vendría siendo la última de sus percepciones.  A menos que continue trabajando en otro lado, claro.