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  • Consulta : 266185
  • Autor : Lic.Marco Cuevas
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  • Autor
    Respuesta No: 380058

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Haber:

    1.- El que haya sido un asunto "verbal", lo vuelve nulo, por lo tanto, el departamento hasta el momento debe seguir estando a nombre (y es propiedad) del primo hermano.

    2.- Si falleció sin testamento, se tendrá que denunciar la sucesión, si la esposa aún le sobrevive, aunque se hayan casado por bienes separados y ya que no tuvieron hijos, será ella la sucesora. Si no sobrevive y no existen más heredeos, podría presentarse usted como única heredera y heredar el departamento.

    3.- Por lo tanto, si la esposa vive, ella hereda, perdiendo usted la propiedad. Pero habría que ver si la esposa le respeta a usted el contrato o acuerdo "verbal" que tuvieron su padre y el esposo de esta, si es así, puede tramitar la sucesión y que ella le done o le venda  la propiedad.

    4.- Uno de los elementos para poder realizar un juicio de usucapión de buena fe es contar con alguna clase de documento o contrato que "justifique" su estancia en una propiedad que no le pertenece, y pasando diez años de buena fe, y veinte de mala fe, se busca usucapir el bien, tendría que consultar forzosamente a un abogado. Busque a uno de oficio que la asesore, si el poblema es económico.

    5.-

    Saludos