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  • Consulta : 266156
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 380046

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    A su primer pregunta, la respuesta es NO.

    La pensión alimenticia decretada por el Juez, debe ser suficiente para que el hijo de su esposo satisfaga sus necesidades de comida, vestido, habitación, salud, esparcimiento y, por supuesto, sus estudios para que adquiera un oficio o profesión acorde a sus circunstancias personales. Analice si usted podría cubrir todos los anteriores conceptos con una cantidad inferior al 20% decretado por el Juez.

    A su segunda pregunta, el hijo de su esposo tendrá derecho a recibir alimentos, hasta un año después de que haya concluido su estudios universitarios, a efecto que disponga el tiempo necesario para que pueda titularse.

     

    A la tercer pregunta, la respuesta es NO. En todo caso, si su esposo considera que su hijo no tiene un aprovechamiento académico adecuado (lo cual es una apreciación subjetiva, pues ello no significa que se pierda el derecho a recibir alimentos se reprueba una materia del plan de estudios, y posteriormente la aprueba), podrá promover el incidente de reduccióin, cesación y cancelación de la pensión alimenticia, con el riesgo que, si el Juez lo estima improcedente, deberá pagar a suhijo, además de la pensión, los gastos y costas judiciales que haya tenido que desembolsar para poder enfrentar la demanda incidental de su padre.