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  • Consulta : 266010
  • Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 379939

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Bueno como tal no hay ningun articulo lo que tienes que poner del conocimiento es la renuncia del empleado este debe de hacerse ante la junta dentro de los cinco dias que firmo dicho documento

    si tienes alguna duda nos ponemos a sus ordenes

    alejandro barroso

    tel despacho 47.56.98.42

    tel nextel 36.19.84.09