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  • Consulta : 265924
  • Autor : IamDemise
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  • IamDemise
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Saludos!

    Consigase un buen abogado.

    Para poderle dar resultado favorable al presente asunto usted debe seguir un procedimiento familiar.

    En la hipotesis de que el niño esta registrado a su nombre, entonces usted tiene la patria potestad del mismo y si bien, la madre no es apta para cuidarlo quien sigue en la lista es usted, no la abuela. Sin embargo, debo agregar que madre y padre son quienes crian a los niños, no se porque solo ve a su pequeño en vacaciones.