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  • Consulta : 265826
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 379754

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted renuncia voluntariamente, tiene derecho a las siguientes prestaciones:

    12 días de salario por cada año de servicios o parte proporcional, por conepto de prima de antigüedad, prestación que se paga, no con su salario real, sino con la cantidad que resulte de multiplicar por 2 el salario mínimo del área geográfica en que se prestó el servicio ($ 140.20, de acuerdo al lugar que usted señala como el de su referencia);

    Vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, proporcionales;

    Salario y prestaciones devengados a la fecha de la renuncia.