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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Mayo de 2016 10:31 2016-05-14 10:31 desde IP: 187.199.70.161
Linda Monic: Desafortunadamente la consulta no sólo es incompleta en cuanto a los datos que se deben conocer para poder opinar válidamente, sino que hasta resulta confuxa. No obstante lo anterior, y entrando al terreno de las conjeturas, podemos pensar que la sentencia penal efectivamente ordenó la restitución, pero como se trata de terrenos ejidales, la ejecución de la sentencia quedó a cargo de las autoridades agrarias, así que "los invasores" estuvieron defendiéndose y finalmente en un recurso de revisión (seguramente de Tribunal Colegiado) ya les fueron desconocidos sus derechos. Ahora bien, resulta que la respuesta de hace un año que fuera dada por el forista Sonant Camus es perfectamente correcta y garovalo debió de reflexionar sobre ella. En efecto, usted bien sabe y supuestamente debería saberlo garovalo que es "doctor" en derecho, pero ha de ser en "doctor disel", que la prescripción de las sentencias NO corre cuando se están realizando actos en ejecución de dichas sentencias. Lo de "doctor disel" es porque se oye menos cáustico que "doctor dice él".
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