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  • Consulta : 265288
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 379387

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, su ex cónyuge no puede ser multada ni sancionada en ninguna forma por haberse opuesto a las convivencias, pues usted también es responsable de ello, dado que desde la primera ocasión en que se negó a que sus hijas y usted continuaran la relación paterno-filial, mediante el incidente correspondiente pudo promover la ejecución de la sentencia.

    Por el contrario, con independencia de que usted conviviera o no con sus hijas, si sus hijas no han adquirido aun lamayoría de edad, su ex-cónyuge si puede reclamarle a usted el pago de las pensiones alimenticias que dejó de cubrir, mediante el incidente de liquidación que promueva, también en ejecución de sentencia; si sus hijas ya cumplieron la mayoría de edad, entonces ellas serían quienes tendrían que promover el incidente respectivo, pues su madre dejó de tener la representación legal.