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AutorRespuesta No: 379387
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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Mayo de 2015 13:13 2015-05-11 13:13 desde IP: 187.176.101.171
No, su ex cónyuge no puede ser multada ni sancionada en ninguna forma por haberse opuesto a las convivencias, pues usted también es responsable de ello, dado que desde la primera ocasión en que se negó a que sus hijas y usted continuaran la relación paterno-filial, mediante el incidente correspondiente pudo promover la ejecución de la sentencia.
Por el contrario, con independencia de que usted conviviera o no con sus hijas, si sus hijas no han adquirido aun lamayoría de edad, su ex-cónyuge si puede reclamarle a usted el pago de las pensiones alimenticias que dejó de cubrir, mediante el incidente de liquidación que promueva, también en ejecución de sentencia; si sus hijas ya cumplieron la mayoría de edad, entonces ellas serían quienes tendrían que promover el incidente respectivo, pues su madre dejó de tener la representación legal.
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