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  • Consulta : 265034
  • Autor : Lic. Anguiano
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  • Autor
    Respuesta No: 379220

  • Lic. Anguiano
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches:

    Existen varias formas de que Ud. pueda vender esa propiedad, 

    1.     Primeramente Ud. tendría que iniciar un juicio intestamentario presentando su acta de nacimiento y las actas de defunción de sus padres y las de sus hermanos, y una vez adjudicado del bien Ud. podrá vender el inmueble.

    2.     Otra posibilidad es que una vez iniciado el juicio intestamentario, Ud. cedeiera a otra persona los derechos litigiosos y la otra persona continuar con el juicio hasta que se adjudique el bien.

    3.     También podría ceder los derechos sucesorios y el cesionario iniciar el juicio intestamentario hasta que se adjudique el inmueble de referencia..

    Espero que esta información le sea de utilidad.

    Saludos Cordiales.

    Lic. Anguiano