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Fecha de respuesta: Domingo 03 de Mayo de 2015 23:35 2015-05-03 23:35 desde IP: 189.134.142.10
Según tu CCT el R{egimen de jubilaciones otorgadas a los trabajadores del IMSS por este instituto "complementa" el régimen de pensiones establecido por la ley del Seguro Social.
Y es por esto que estas jubilaciones, para estos trabajadores, "comprenden su doble carácter de asegurado y de trabajador del Instituto".
En otras palabras, dentro de tu jubilación del IMSS ya se contempla tu futura pensión por cesantía.
Lo que no dice es lo que pasa con las cotizaciones con otros patrones.
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