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  • Consulta : 264628
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 378960

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted sólo puede comprobar el adulterio con el acta de nacimiento de un hijo nacido fuera del matrimonio, ni los videos, ni fotografías, es más, ni la confesional es prueba de adulterio. Pero le informo que en Nuevo León, ya se reformó el Código Civil para reconocer el divorcio incausado y derogar el divorcio necesario. Por lo que lo más recomendable es un divorcio incausado o en su caso volutario en el que las partes llegan a un convenio de disolución de la sociedad conyugal (si existe), y un acuerdo para las convivencias con sus hijas. Necesita de abogado especialista en la materia pero mucho cuidado con los coyotes incluso de este foro de asesoría gratuita que se la pasan publicando datos de contacto y con celular porque ni a oficina llegan. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.