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  • Consulta : 264538
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 378922

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Es un derecho del menor más que un derecho de los padres contar con una filiación. Usted no puede hacer nada en contra de una demanda de reconocimiento de paternidad con la prueba genética de ADN si de verdad es el padre biológico, sin embargo lo que sí puede hacer con la reciente Jurisprudencia, es reconvenir la pensión alimentaria retroactiva a la fecha de nacimiento de la menor, aunque no especifica la edad. Sólo necesita de un abogado especialista en la materia, pero corra de cuanto coyote hambreado de este foro gratuito se ponga a sus órdenes publicando datos de contacto y con celular porque ni para en teléfono fijo tienen, cuídate a ti mismp y mucho ojo.