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AutorRespuesta No: 378584
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Fecha de respuesta: Domingo 26 de Abril de 2015 13:04 2015-04-26 13:04 desde IP: 187.176.101.171
Lo que debe hacer, es cumplir con la obligación de dar alimentos a su hija; obligación que ha eludido por 10 años, pues la circunstancia que usted señala, que la madre le dijo que no necesitaba nada de usted, no lo relevaba de esa obligación, que nace no de la voluntad de los padres, sino del vínculo paterno-filial y de la ley.}
En todo caso, ustes estuvo en aptitud de consignar ante un juzgado, asistido de un abogado, los alimentos que le corresponden a su hija, de acuerdo a su capacidad económica; con independencia que la madre hubiera comparecido a recibirlos o no.
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