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  • Consulta : 263884
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 378569

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Lo que debe hacer, asistida de abogado especialista en Derecho Familiar, es demandar del padre de su hija la pérdida de la patria potestad, en caso que se encuentre en alguno de los supuestos que para ello preve el artículo 418, del Código Familiar del Estado de Michoacan (lugar que usted señala como el de su referencia).

    Una vez que seguido el juicio, se dicte sentencia en que se le condene a perderla y que dicha resolución causa ejecutoria, entonces su pareja podrá iniciar los trámites para la adopción plena.

    Solamente tenga en consideración que si con su nueva pareja, llega a tener los mismos problemas que con el padre biológico, no puede usted estar promoviendo diversos procedimientos para tratar de cambiar a capricho los apellidos de su hijo.

    Lo correcto, es que antes de iniciar el juicio por la pérdida de la patria potestad, demanda al padre del menor por el otorgamiento de ua pensión alimenticia, pues finalmente, si no se ha hecho responsable de esa obligación, usted también ha sido participe de esa irresponsabilidad, precisamente al no reclamarle judicialmenter los alimentos para su hijo.