- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 263763
- Autor : elizh80
- Consultas en Foro: 5
- Respuestas en Foro: 3858
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6891
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 378501
-
Fecha de respuesta: Viernes 24 de Abril de 2015 17:31 2015-04-24 17:31 desde IP: 189.244.142.108
Solo procede si ella se constituyo aval, de ser asi debe presentarse un actuario del juzgado y notificarle.....si no, nada procede en contra de ella y si la propiedad es de ella, no pueden ingresar al domicilio ni embargar nada....en el caso de que pretendan ingresar solo llame a la policia y luego los denuncia penalmente ante el Ministerio Publico .....
-
Autor





