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  • Consulta : 263763
  • Autor : elizh80
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  • Autor
    Respuesta No: 378501

  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Solo procede si ella se constituyo aval, de ser asi debe presentarse un actuario del juzgado y notificarle.....si no, nada procede en contra de ella y si la propiedad es de ella, no pueden ingresar al domicilio ni embargar nada....en el caso de que pretendan ingresar solo llame a la policia y luego los denuncia penalmente ante el Ministerio Publico .....