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  • Consulta : 263750
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no procede que le reembolse las cantidades que recibió por concepto de pensión alimenticia.

    En cuanto a lo que usted señala, que ella omitió señalar en la demanda que estaba casada civilmente, ello es irrelevante, pues usted, al contestar la demanda tuvo la oportunidad de excepcionarse haciéndoselo saber al Juez y acompañando copia certificada del Registro Civil relativa a ese matrimonio que le atribuye;lo mismo debe decirse respecto a que, según usted menciona, ella también trabaja, pues igualmente debió manifestarlo en la contestaciín de la demanda y, además, probarlo enel juiciom,  y si no lo hizo, entonces no es culpa de la demandante, sino de usted.