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  • Consulta : 263630
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si su hermano no paga, usted está obligada a hacerlo; de hecho, el arrendador ya se encuentra en aptitud de demandar a su hermano y a usted por la rescisión del contrato de arrendamiento por falta de pago de las rentas, y para que cubran las vencidas, y si en la sentencia los condenan a pagarlas y no lo hace, se pueden embargar bienes de su propiedad, e inclusive, sser sacados a remate.

    Tenga usted en cuenta que el fiador responde de la deuda de otro, como si fuera propia; conmayor razón, si en el contrato usted, como fiador, renunció a los beneficios de orden y excusión.