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Fecha de respuesta: Martes 21 de Abril de 2015 09:09 2015-04-21 09:09 desde IP: 187.176.101.171
Asístase der abogado especialista en Derecho Laboral a fin de que conteste la demanda.
La circunstancia que la madre de su hija no le permitiera verla, no es escusa para que usted dejara de cumplir con sus obligaciones alimentarias para la menor, con mayor razón, cuando siempre ha tenido expedito el derecho de demandar un régimen de convivencias ante la negativa de la madre, quien, por el hecho de estar casada y tener otros hijos, no le impedía a usted hacerlo.
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