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AutorRespuesta No: 378301
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Abril de 2015 00:46 2015-04-22 00:46 desde IP: 189.217.12.206
Si el titular de la cuenta señala el beneficiario para el caso de muerte, no necesita denunciar la sucesión, sólo acuda a la Conducef para reclamar el beneficio.
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