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  • Consulta : 262998
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 378036

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, si está obligado, pues el patrón es el que tiene la obligación de contar con un sistema de asistencia.

    Además, si efectivamente usted labora una jornada superior a la legal, registrar su asistencia mediante tarjeta y reloj checador, lejos de perjudicarle le beneficia, ya que podrá acreditar que ha trabajado tiempo extraordinario para reclamar eu pago.