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AutorRespuesta No: 378036
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Abril de 2015 11:37 2015-04-17 11:37 desde IP: 187.176.101.171
Si, si está obligado, pues el patrón es el que tiene la obligación de contar con un sistema de asistencia.
Además, si efectivamente usted labora una jornada superior a la legal, registrar su asistencia mediante tarjeta y reloj checador, lejos de perjudicarle le beneficia, ya que podrá acreditar que ha trabajado tiempo extraordinario para reclamar eu pago.
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