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  • Consulta : 262751
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 377951

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, el patrón no puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo; si lo hace, acuda INMEDIATAMENTE a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en donde lo citarán a una audiencia conciliatoria administrativa en la que le informarán que si viola en su perjuicio sus derechos laborales, se procederá legalmente en su contra, y de darse aun asi la situación, le asignarán abogado de oficio para que la asista en el juicio.