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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Abril de 2015 16:02 2015-04-17 16:02 desde IP: 201.141.215.194
Buenas tardes.
En atención a su pregunta nos gustaría asesorarle e informarle que una cosa es la relación que se crea entre el agente de seguros (Si es que era agente de seguros la persona que se supone continuó su tramite con la compañía) y la aseguradora.
Los agentes son vendedores de pólizas (Por un decir) y de acuerdo al tipo de agente, unos pertenecen a las aseguradoras y pueden llegar a tener alguna responsabilidad y otros no tienen ninguna relación.
Lo que debió suceder, es que de acuerdo al artículo 40 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la aseguradora cancela el seguro por falta de pago de la prima, y no se trata de que otra persona haya cancelado el seguro, sino que nunca debió haberse pagado la prima y se cancelo automáticamente. Su jefe, su encargada y el agente de seguros solo la mantuvieron bajo el engaño de que se pago la prima y se dio tramite al seguro, pero no debieron hacerlo hecho de verdad, por ende, no se puede hacer nada ya que no tiene constancias de que haya existido la obligación de pago del seguro, o ¿Si?
Si llegase a tener algún problema derivado de su seguro, le recomendamos que acuda a la CONDUSEF o si gusta (Lo decimos sin fines publicitarios), puede consultarnos de forma gratuita vía electrónica en nuestro mail para una asesoría.
“PEGSA ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS PRIVADOS”
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