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AutorRespuesta No: 377808
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Fecha de respuesta: Lunes 13 de Abril de 2015 19:41 2015-04-13 19:41 desde IP: 187.176.101.171
Debe usted demandar del padre de su hijo el reconocimiento de la paternidad y, cautelarmente, el pago de una pensión alimenticia a partir de la fecha de nacimiento del menor.
En el juicio, tendrá que ofrecer la prueba pericial en materia genética, y si de la misma se acredita que el demandado es elpadre biológico, el Juez, en la sentencia girará oficio al Oficial del Registro Civil para que haga las anotaciones en el acta de nacimiento del niño, haciendo constar el nombre del padre biológico y, además, para que levante el acta de reconocimiento de hijo.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Familiar o acuda a la Defensoría de Oficio, en donde previo estudio socioeconómico, podrán asignarle a un abogado de oficio; pero usted deberá cubrir el costo de la prueba pericial.
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