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AutorRespuesta No: 377735
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Abril de 2015 23:02 2015-04-12 23:02 desde IP: 189.217.8.78
Si usted es cónyuge inocente, una vez que cause ejecutoria la sentencia, se puede casar al día siguiente de la ejecución de la sentencia, pero si es cónyuge culpable, deberá esperar cuando menos un año a partir de que case ejecutoria la sentencia.
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