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  • Consulta : 261977
  • Autor : Ruben Ismael
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  • Autor
    Respuesta No: 377525

  • Ruben Ismael
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas tardes, con el gusto de saludarle, y esperando tenga un excelente día, me permito atender a su consulta, y con base en la ley general de titulos y operaciones de crédito, misma en la cual se define al "aval", como la persona que se compromete a traves de su firma al cumplimiento solidario de una obligacion a falta del obligado principal. 

    Simple y sencillamente, como lo llamamos en la practica, un ... con pluma. 

    En su caso, debemos de estudiar el nacimiento de dicho embargo, asi como las fechas, y demas.

    Para mas informacion, le ruego se sirva apuntar mi correo electronico, y con gusto concertamos una cita para discutir su situacion.

     

    cruzliconaruben

     

    Saludos y que tenga una excelente tarde.