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AutorRespuesta No: 377531
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Abril de 2015 16:57 2015-04-08 16:57 desde IP: 187.176.101.171
Contrate a un abogado y conteste la demanda, ya que tiene el término de 8 días para hacerlo; si no la contesta, se le tendrá por contestando en sentido afirmativo, lo que conducirá a una sentencia en la que lo condenarán a pagar lo que le reclaman.
En la contestación podrá oponer las excepciones y defensas que permite el artículo 8o de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, incluída la de prescripción de la acción, ya que la demanda debió presentarse antes de que transcurrieran 3 años, contados a partir de la firma de vencimiento del documento fundatorio; es decir, antes del 4 de febrero de 2014.
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