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  • Consulta : 261967
  • Autor : Ruben Ismael
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  • Autor
    Respuesta No: 377528

  • Ruben Ismael
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas tardes, con el gusto de saludarle, y respondiendo a su pregunta me permito comunicarle y recordarle lo indispensable que es invertir en la asesoria profesional de un abogado, eso nos evitaria demasiados problemas, en fin, entrando en materia, es importante al momento de cumplir con una obligacion de titulos de credito pedir la devolución del titulo (es obligacion del acreedor devolver el título), destruirlo, o escribir CANCELADO.

     

    De igual forma es obligación del acreedor o poseedor de los derechos inherentes al título hacer las anotaciones correspondientes en cuanto a pagos parciales o anticipios del mismo. 

    Entrando a juicio ejecutivo mercantil, en su contestación de la demanda es preciso oponer las excepciones contenidas en el artículo octavo de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. 

     

    Le ruego sirvase de mi correo electrónico: cruzliconaruben

     

    Que tenga un excelente día, saludos!