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AutorRespuesta No: 377444
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Abril de 2015 17:07 2015-04-07 17:07 desde IP: 189.141.21.232
Si renuncias tienes derecho al pago de aguinaldo en su parte proporcional de enero a mayo que son 6. 25 días, vacaciones y prima vacacional la parte proporcional de 12 días y el 25% respectivamente, así como salarios que te deban, caja de ahorro, fondo de ahorro, comisiones u otra prestación adeudada. Suerte.
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