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AutorRespuesta No: 377433
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Abril de 2015 13:12 2015-04-07 13:12 desde IP: 187.176.101.171
Si usted renuncia voluntariamente, sólo tiene derecho al pago de la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por los 5 meses, más la parte proporcional de aguinaldo 2015, así como los sueldos y prestaciones ordinarias devengadas a la fecha de la renuncia.
Adicionalmente, en caso que no le hayan otorgado las vacaciones por el tercer año de servicios, también podrá reclamarlas junto con la prima vacacional correspondiente.
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