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Fecha de respuesta: Domingo 05 de Abril de 2015 19:41 2015-04-05 19:41 desde IP: 187.176.101.171
En tanto no nazca el hijo que espera, no puede exigirle ninguna responsabilidad a la persona con quien lo engendró, ya que los derechos y obligaciones que surgen del vínculo materno-filial, nacen en el momento del nacimiento, no de la concepción.
Una vez que su hijo nazca, registrelo como hijo de madre soltera, y asístase de abogado especialista en Derecho Familiar a fin de que reclame al padre el reconocimiento de la paternidad.
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