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  • Consulta : 261620
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 377330

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En tanto no nazca el hijo que espera, no puede exigirle ninguna responsabilidad a la persona con quien lo engendró, ya que los derechos y obligaciones que surgen del vínculo materno-filial, nacen en el momento del nacimiento, no de la concepción.

    Una vez que su hijo nazca, registrelo como hijo de madre soltera, y asístase de abogado especialista en Derecho Familiar a fin de que reclame al padre el reconocimiento de la paternidad.