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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Abril de 2015 10:29 2015-04-01 10:29 desde IP: 187.176.101.171
En cuestiones legales, no se trata de hacer lo que le convenga o no, sino de lo que previene la Ley.
En su caso, lo que debe hacer es preentar ante el Seguro Social los avisos de modificación de salario, indicando el que devengarán los trabajadores a partir de la fecha en que les fue modificado.
Sin embargo, debo decirle que, aún cuando los trabajadores hayan aceptado la reducción salarial que usted comenta, tal decisión podría resultar en un acto nulo carente de efectos legales, dado que implica una renuncia de los trabajadores al salario con el que fueron contratados.
Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que, una vez analice detenidamente su situación le brinde la asistencia y orientación correcta, con lo que podrá evitarse en un futuro alguna demanda que podría resultarle en un mayor perjuicio económico que el que pretende evitarse.
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