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Fecha de respuesta: Martes 31 de Marzo de 2015 01:52 2015-03-31 01:52 desde IP: 189.217.82.108
Hola consultante, antes que nada reciba un cordial saludo. En cuanto a su asunto permitame comentarle lo siguiente; la persona que esta obligada a notificar sobre el cambio de empleo no es usted sino el DEUDOR ALIMENTARIO motivo por el cual desde que se dio de baja en el trabajo que anteriormente tenia debio hacerlo del conocimiento del juez familiar en donde radicaba el asunto de alimentos ahora en la HIPOTESIS ACTUAL, si tiene mas de 3 meses que el señor no proporciona alimentos USTED PODRA SOLICITAR LA APERTURA DE UNA CARPETA DE INVESTIGACIÓN SOBRE EL DELITO DE INCUMPLIMIENTO A LOS DEBERES ALIMENTARIOS el cual tendra 3 efectos principales, el primero es que SE ASEGURE LO NO SUMINISTRADO A TIEMPO, DEBERÁ GARANTIZAR CUANDO MENOS POR 1 AÑO LA PENSIÓN ALIMENTICIA y tercero, debera informar PER SE al juez familiar el cambio de trabajo y desde luego los ingresos que percibe a efecto de que continue pagando lo que le corresponde en cuanto a ALIMENTOS se refiere... Saludos.
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