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  • Consulta : 261050
  • Autor : Lic.Marco Cuevas
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  • Autor
    Respuesta No: 376998

  • Lic.Marco Cuevas
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    El que haya aceptado en el ministerio público el pago de una pensión, no lo obliga a darla, lamentablemente, lo que debe usted de hacer es promover el juicio de alimentos para su menor hijo y para usted si dependía de él, y de paso, promueva también el divorcion necesario.

    Saludos.