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  • Consulta : 261045
  • Autor : Maestro en Dx Ar
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  • Autor
    Respuesta No: 376984

  • Maestro en Dx Ar
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Es ilegal, ya que la propia ley del IMSS establece el porcentaje que se debe de pagar tanto por el patrón como por el trabajador y no existe nada en la Ley del IMSS en la que se determine que el trabajador puede sustituir al patrón en sus obligaciones, por lo que no se puede renunciar a dicha prestación y en caso de descuento puede acudir a la PROFEDET para que le regresen sus descuentos.

    Saludos

    Lic. y M.D.F. Ariel Reyes